¿Quieres cambiar la titularidad de la luz? Debes ponerte en contacto con la empresa comercializadora de luz a través de sus canales de atención al cliente disponibles, ya sea por teléfono o a través de su página web oficial. En este nuevo artículo de Menos de Luz, te enseñamos paso a paso de forma fácil cómo cambiar el titular de la luz.
Además, abordamos casos especiales como el cambio de titularidad por alquiler y compraventa o divorcio. Debido a sus particularidades, tenemos un artículo en detalle explicando el cambio de titular de luz por fallecimiento.
Cambiar el titular de la luz implica solicitar a la compañía eléctrica, esto es, la comercializadora, el traspaso del contrato de un titular a otro.
Todas las compañías presentan el mismo procedimiento, ya sea para el mercado libre o mercado regulado en España:
De esta forma, las futuras facturas se emiten al nombre del nuevo titular.
Recuerda: no es lo mismo que cambiar la domiciliación bancaria a la hora de pagar la luz, ya que en esos casos el titular sigue siendo el mismo.
Para llevar a cabo el cambio de titularidad, es fundamental cumplir con una serie de requisitos básicos que, generalmente, incluyen:
Una vez cumplido esto, podemos pasar a la documentación necesaria.
La documentación varía según la compañía, pero normalmente se requiere:
Los canales habituales para contactar con la comercializadora:
El coste del trámite varía según la compañía y la modalidad del servicio. En general, la mayoría de operadoras no cobran nada por el cambio de titular, es gratuito. No obstante, algunas pueden aplicar una pequeña tasa administrativa.
Es recomendable consultar directamente con tu proveedor de energía para conocer el coste exacto.
Esto depende de lo ágil que sea cada compañía, el proceso puede tardar entre 1 y 20 días hábiles. Es importante destacar que este trámite se realiza sin interrumpir el suministro de luz, por lo que no te quedarás sin servicio durante el cambio.
De esta forma, una vez hecho el cambio, el titular anterior recibe la última factura de la luz a su nombre, con el consumo que ha realizado hasta la fecha de cambio.
Así mismo, debes tener en cuenta:
Cuando se alquila una vivienda, es habitual que el propietario o el inquilino soliciten el cambio de titularidad para que la factura de luz refleje al responsable real del consumo. Razones:
Si eres inquilino, lo normal es que avises al propietario para cambiar el titular y evitar problemas. No obstante, se trata de un derecho del inquilino.
En el caso de la compraventa, hay que comprobar que no existen deudas. Para ello, el futuro propietario puede solicitar un certificado que acredite que los suministros de luz, agua o gas están al corriente en cuanto a pagos. También puedes contactar con la comercializadora para comprobarlo.
El procedimiento para realizar el cambio es el mismo mencionado anteriormente, incluyendo como documentación extra contrato de alquiler o copia de la escritura de la casa, dependiendo de si se trata de alquiler o compra de vivienda.
En caso de fallecimiento del titular, los herederos deben solicitar el cambio de titularidad. Para más detalles, consulta nuestro artículo cómo cambiar el titular de la luz por fallecimiento.
Si tras una separación o divorcio uno de los cónyuges continúa en la vivienda, será necesario que solicite el cambio de titularidad para que las facturas se emitan a su nombre.
En los casos de divorcio, el procedimiento se adapta a la nueva situación contractual. El cónyuge que continúe en la vivienda debe presentar, además de la documentación habitual, un acuerdo de divorcio o sentencia que acredite la separación.
No. El cambio de titularidad requiere el consentimiento tanto del titular actual como del nuevo titular. Las compañías exigen la aprobación de ambas partes para proceder con la modificación en el contrato.
En general, el cambio de titularidad no transfiere las deudas pendientes del contrato. Sin embargo, es fundamental que el proceso se gestione correctamente para evitar que las facturas impagadas sigan vinculadas al suministro.
Si recibes facturas a nombre del antiguo titular, lo recomendable es contactar de inmediato con la compañía suministradora para informar del cambio y solicitar la corrección en la facturación. Es importante mantener a salvo la documentación que acredite el cambio.
El bono social está sujeto a unos criterios específicos y el cambio de titularidad puede afectar su vigencia. No obstante, es recomendable informar a la operadora sobre el cambio para que se revisen las condiciones y se garantice la continuidad del bono.
No necesariamente. Aunque algunas compañías pueden solicitar que la cuenta bancaria esté a nombre del nuevo titular, lo habitual es que se acepte cualquier cuenta en la que se reciban los pagos, siempre que se verifique la identidad del solicitante.